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Tu EPS y el sistema de salud en Colombia
Guías oficiales para resolver tus dudas sobre EPS, traslados, intervenciones, portabilidad, tutelas y todos tus derechos como usuario del sistema de salud.
¿Qué es una EPS en Colombia?
Una EPS (Entidad Promotora de Salud) es la empresa que afilia a los usuarios al sistema de salud colombiano y gestiona la prestación de los servicios de salud. Funciona como intermediaria entre los afiliados y los centros médicos, hospitales y clínicas.
Las EPS pueden ser públicas, privadas o mixtas, y deben estar autorizadas por la Supersalud (Superintendencia Nacional de Salud) para operar. Las principales en 2026 son Sura, Sanitas, Compensar, Nueva EPS y Famisanar.
Tipos de régimen: contributivo y subsidiado
El sistema de salud colombiano tiene dos regímenes principales:
Régimen contributivo
Para personas con capacidad de pago: empleados formales e independientes con ingresos. Se financia con aportes del afiliado y el empleador (en empleados) o solo del afiliado (en independientes). La cotización es del 12.5% del ingreso mensual para salud.
Régimen subsidiado
Para personas en pobreza o vulnerabilidad clasificadas en el Sisbén o el RUI del DNP en grupos A, B o C. Es financiado por el Estado a través del ADRES. La cobertura del POS es similar al contributivo, con algunos copagos menores.
Cómo cambiarte de EPS paso a paso
El proceso es 100% en línea a través del portal de la ADRES:
- Ingresa a adres.gov.co.
- Busca la opción "Traslado de EPS".
- Ingresa con tu documento de identidad.
- Selecciona la nueva EPS a la que te quieres cambiar.
- Confirma la solicitud.
- Espera la notificación (entre 1 y 3 meses).
Importante: antes de cambiarte, verifica que la nueva EPS tenga cobertura de su red prestadora en tu municipio. No todas las EPS operan en todas las ciudades.
Tip de oro: el traslado es gratis una vez al año. Si tu EPS actual está en problemas, no esperes al cambio anual: puedes solicitar traslado por causal especial en cualquier momento.
Portabilidad nacional: atención donde estés
La portabilidad es tu derecho a recibir atención médica en cualquier ciudad de Colombia, no solo donde estás afiliado. Funciona así:
- Si te mudas temporalmente, tu EPS actual debe seguir atendiéndote en la nueva ciudad.
- Si la nueva ciudad no tiene red de tu EPS, esta debe garantizarte atención a través de convenios.
- Para activar la portabilidad, comunícalo a tu EPS antes de mudarte o en los primeros 30 días después.
- El trámite es gratis y se hace por la línea de atención o el portal web de tu EPS.
EPS en intervención: qué significa y qué hacer
Si tu EPS es intervenida por la Supersalud, esto significa que:
- La Supersalud asume el control administrativo de la entidad.
- No pierdes cobertura: sigues siendo afiliado y recibiendo servicios.
- Se designa un administrador temporal para sanear la EPS.
- Recibes notificaciones oficiales sobre cualquier cambio.
- Si la EPS se liquida, te trasladan a otra EPS receptora asignada.
Las EPS intervenidas en 2024-2026 incluyen Coomeva (liquidada), Medimás, Comfamiliar Cartagena, entre otras. Consulta el listado actualizado en supersalud.gov.co.
Tutelas en salud: cómo interponer una
La tutela es el mecanismo legal para reclamar servicios de salud negados. El proceso es:
- Redacta una tutela describiendo el servicio negado, tu diagnóstico y la urgencia médica.
- Adjunta tu documento de identidad, la orden médica, y la respuesta de la EPS negando el servicio.
- Presenta la tutela ante cualquier juzgado del circuito o a través del portal web de la Rama Judicial.
- La EPS tiene 24 horas para responder después de notificada.
- El juez falla a favor o en contra generalmente en 5-10 días.
Dato clave: la tutela es gratis y no necesitas abogado. Puedes presentarla directamente o a través de la Defensoría del Pueblo. Más del 70% de las tutelas en Colombia son relacionadas con el derecho a la salud.
Tus derechos como paciente
Como usuario del sistema de salud colombiano, tienes derechos fundamentales:
- Atención oportuna: cita con medicina general en máximo 3 días hábiles, especialista en 5 días.
- Información clara: tu médico debe explicarte el diagnóstico, tratamiento y alternativas.
- Segunda opinión: derecho a consultar otro especialista antes de procedimientos.
- Privacidad: tu historia clínica es confidencial.
- Consentimiento informado: decides sobre tu tratamiento.
- Atención de urgencias sin restricciones: en cualquier IPS, pública o privada.
- Medicamentos del POS: todos los incluidos en el Plan de Beneficios.
- Reclamar ante la Supersalud: si te niegan servicios.
Movilidad entre régimen contributivo y subsidiado
La movilidad es el derecho a cambiar entre régimen contributivo y subsidiado según tu situación económica:
- Si pierdes el empleo o tus ingresos caen, puedes pasar del contributivo al subsidiado.
- Si mejoras económicamente, puedes volver al contributivo como independiente.
- El cruce se hace automáticamente entre la PILA y el Sisbén/RUI.
- La transición es gradual y no pierdes cobertura durante el proceso.
- Para activar la movilidad, acércate a la oficina del Sisbén de tu municipio o actualiza tu información en el portal Mi Seguridad Social.
Copagos y cuotas moderadoras en salud
Los copagos son los pagos que debes hacer como afiliado al usar servicios de salud:
- Régimen contributivo: los afiliados con ingresos hasta 2 SMLMV no pagan copagos en servicios del POS. Con ingresos mayores, hay un tope máximo.
- Régimen subsidiado: los afiliados en categoría A del Sisbén están exentos. Las categorías B y C tienen copagos menores.
- Cuotas moderadoras: pagos fijos por ciertos servicios (consultas, exámenes).
¿Qué cubre el POS (Plan de Beneficios)?
El POS cubre la mayoría de los servicios de salud. Estos son los principales:
- Consultas médicas (medicina general, especializada, urgencias).
- Cirugías (ambulatorias y hospitalarias).
- Hospitalización y atención de internación.
- Medicamentos del plan básico.
- Exámenes diagnósticos (laboratorio, imagenología).
- Atención de urgencias y emergencias.
- Salud mental (consultas, psicología, psiquiatría).
- Rehabilitación y terapias.
- Atención materno-infantil y planificación familiar.
- Servicios preventivos (vacunación, tamizajes).
Tecnologías de alto costo (trasplantes, algunos cánceres, enfermedades raras) tienen cobertura adicional a través del ADRES o la Ley Estatutaria de Salud.
Errores comunes con tu EPS y cómo evitarlos
- No verificar la cobertura de la nueva EPS antes de cambiarte. Consulta si la EPS tiene red prestadora en tu municipio antes de trasladarte.
- No pedir la negación por escrito. Si te niegan un servicio, pide la carta formal con la justificación. Es requisito para la tutela.
- Esperar a enfermarse para activar la portabilidad. Actívala apenas te mudes. Es más fácil de gestionar preventivamente.
- Asumir que la EPS te cambia automáticamente cuando es intervenida. No. Te quedas en ella hasta que termine la intervención o te reasignen.
- No usar la ADRES para traslados. El portal web es el canal oficial. Evita tramitadores.
Reforma a la Salud 2024-2026: en qué va
El gobierno del presidente Petro impulsa una reforma al sistema de salud que busca transformar el modelo de EPS hacia un sistema preventivo basado en atención primaria. Los puntos principales son:
- Desaparición progresiva de las EPS como intermediarias.
- Creación de Centros de Atención Primaria Integral (CAPS).
- Mayor papel para las EPS públicas (Nueva EPS).
- Recursos directos a hospitales y clínicas.
La reforma está en debate en el Congreso. Mientras tanto, el sistema actual sigue operando con las EPS vigentes. Esta guía se actualizará cuando la reforma sea aprobada.
Glosario del sistema de salud
Términos clave que debes conocer:
- EPS: Entidad Promotora de Salud, aseguradora del sistema de salud.
- IPS: Institución Prestadora de Salud (hospitales, clínicas, laboratorios).
- POS: Plan Obligatorio de Salud, conjunto de servicios cubiertos.
- Supersalud: Superintendencia Nacional de Salud, entidad de vigilancia.
- ADRES: Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
- Sisbén/RUI: sistema de clasificación socioeconómica para focalización.
- PILA: Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, donde pagas seguridad social.
- Portabilidad: derecho a atención en cualquier ciudad del país.
- Tutela: acción legal para proteger derechos fundamentales, incluida la salud.
- Copago: pago del usuario por servicios cubiertos por el POS.
- Movilidad: cambio entre régimen contributivo y subsidiado.
- Ley Estatutaria de Salud: Ley 1751 de 2015 que declaró la salud como derecho fundamental.
Contacto oficial del sistema de salud
Si tienes dudas o problemas con tu EPS, estos son los canales oficiales:
- Ministerio de Salud: minsalud.gov.co
- Supersalud: supersalud.gov.co
- Línea Supersalud: 01-8000-123-123
- ADRES (traslados y consultas): adres.gov.co
- Rama Judicial (tutelas): ramajudicial.gov.co
- Defensoría del Pueblo: defensoria.gov.co
- Portal Mi Seguridad Social: misegurosocial.gov.co
Importante: la Supersalud y la Defensoría del Pueblo atienden quejas y consultas de forma gratuita. Si te niegan un servicio, no te quedes callado: reclama formalmente.
Conclusión
El sistema de salud colombiano es uno de los más completos de la región. Como afiliado, tienes derechos claros y mecanismos efectivos de reclamo (tutela, Supersalud, Defensoría). Si tienes problemas con tu EPS, no esperes: usa los canales oficiales para resolver.
Recuerda: la salud es un derecho fundamental protegido por la Ley Estatutaria (Ley 1751 de 2015). Si te niegan un servicio, tienes derecho a reclamar y a interponer tutela sin necesidad de abogado.
Evolución histórica del sistema de salud colombiano
El sistema de salud colombiano ha evolucionado mucho desde 1993. Estos son los hitos más importantes:
· Ley 100 — Creación del sistema
La Ley 100 de 1993 creó el Sistema General de Seguridad Social en Salud, con las EPS como entidades intermediarias. Transformó radicalmente el sistema de salud colombiano.
· Inicio del régimen subsidiado
Se implementó progresivamente el régimen subsidiado para población pobre y vulnerable no cubierta por el contributivo. Administradores: direcciones locales de salud.
· Posicionamiento de EPS privadas
EPS como Sura, Sanitas, Compensar y Nueva EPS se consolidaron como principales aseguradoras del país, con millones de afiliados cada una.
· Sentencia T-760 — Tutelas en salud
La Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-760, ordenó proteger el derecho a la salud y limitó las exclusiones del POS. Sentencia hito para las tutelas en salud.
· Creación del Fosyga
Se creó el Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) para gestionar los recursos del sistema. En 2017 se transformó en ADRES.
· Ley Estatutaria de Salud
La Ley 1751 de 2015 declaró la salud como derecho fundamental autónomo. Eliminó el POS como límite y ordenó la cobertura integral.
· Crisis de las EPS
Varias EPS entraron en intervención o liquidación por la Supersalud (Saludcoop, Caprecom, Coomeva, Medimás) por problemas financieros y de gestión.
· Reforma a la Salud
El gobierno del presidente Petro impulsa una reforma a la salud que busca transformar el sistema de EPS hacia un modelo preventivo. Debate en curso en el Congreso.
Fuentes oficiales consultadas
- Ministerio de Salud y Protección Social ↗
- Supersalud — Superintendencia Nacional de Salud ↗
- ADRES — Administradora de los Recursos del Sistema ↗
- Rama Judicial — Tutelas en línea ↗
- Defensoría del Pueblo ↗
- Portal Mi Seguridad Social ↗
Información verificada y contrastada con fuentes oficiales. Última revisión: agosto de 2026.
Preguntas frecuentes sobre EPS y salud
Las dudas más comunes sobre el sistema de salud colombiano, EPS, traslados, portabilidad, tutelas y derechos del paciente.
¿Qué es una EPS en Colombia?
Una EPS (Entidad Promotora de Salud) es la empresa que afilia a los usuarios al sistema de salud colombiano y gestiona la prestación de los servicios de salud. Funciona como intermediaria entre los afiliados y los centros médicos. Las EPS pueden ser públicas, privadas o mixtas, y deben estar autorizadas por la Supersalud para operar.
¿Cómo me afilio a una EPS?
Para afiliarte a una EPS: 1) Si eres empleado, tu empleador te afilia automáticamente al régimen contributivo, 2) Si eres independiente, pagas tu seguridad social mes a mes a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) y eliges la EPS, 3) Si estás en el Sisbén A, B o C, te afilias al régimen subsidiado a través de la EPS que asigne el municipio.
¿Cómo me cambio de EPS en Colombia?
Para cambiarte de EPS: 1) Accede al portal web o app de la ADRES (adres.gov.co), 2) Ingresa con tu documento de identidad, 3) Selecciona la nueva EPS, 4) Confirma el traslado, 5) Espera la notificación (entre 1 y 3 meses). El traslado es gratis una vez al año. Antes de cambiarte, verifica que la nueva EPS tenga cobertura en tu zona.
¿Cada cuánto puedo cambiarme de EPS?
En el régimen contributivo puedes cambiarte de EPS una vez al año, sin importar la razón. En el régimen subsidiado (Sisbén), el cambio es cada dos años. Si hay causales especiales (intervención, liquidación, mudanza), puedes cambiar antes de esos plazos.
¿Qué es la portabilidad en salud?
La portabilidad es el derecho que tienes a recibir atención médica en cualquier ciudad de Colombia, no solo donde estás afiliado. Si te mudas temporalmente, tu EPS actual debe seguir atendiéndote en la nueva ciudad. Para activar la portabilidad, comunícalo a tu EPS antes de mudarte o en los primeros 30 días después.
¿Qué pasa si mi EPS es intervenida por la Supersalud?
Si tu EPS es intervenida (administración forzosa, liquidación, etc.), la Supersalud asume el control para garantizar la atención. Como usuario, mantienes tus derechos: no pierdes cobertura, no te cambian de EPS automáticamente, y se designa un administrador temporal. La Supersalud te notificará cualquier cambio relevante.
¿Cuánto tiempo tengo que esperar para citas con especialistas?
Por ley, los tiempos máximos de espera son: cita con medicina general 3 días hábiles, cita con especialista 5 días hábiles, cirugía programada 30 días calendario, diagnóstico especializado 15 días hábiles. Si tu EPS no cumple, puedes interponer una tutela.
¿Cómo interponer una tutela en salud?
Para interponer una tutela por negación de servicios: 1) Redacta la tutela describiendo el servicio negado, 2) Incluye tu documento de identidad, 3) Adjunta pruebas (orden médica, respuesta de la EPS), 4) Presenta ante cualquier juzgado o a través de la página web de la Rama Judicial, 5) La EPS tiene 24 horas para responder. La tutela es gratis y no necesitas abogado.
¿Qué cubre el POS (Plan de Beneficios)?
El POS cubre: consultas médicas, cirugías, hospitalización, medicamentos del plan básico, exámenes diagnósticos, atención de urgencias, salud mental, rehabilitación, atención materno-infantil, planificación familiar y servicios preventivos. Algunas tecnologías de alto costo tienen cobertura adicional a través del ADRES.
¿Cuál es la diferencia entre régimen contributivo y subsidiado?
El régimen contributivo es para personas con capacidad de pago (empleados o independientes con ingresos), financiado con aportes de los afiliados y empleadores. El régimen subsidiado es para personas en pobreza o vulnerabilidad (Sisbén A, B, C), financiado por el Estado. Ambos tienen cobertura POS similar pero los copagos difieren.
¿Cómo funciona la movilidad entre régimen contributivo y subsidiado?
La movilidad es el proceso de cambiar entre régimen contributivo y subsidiado. Si pierdes empleo o ingresos, puedes pasar al subsidiado. Si mejoras económicamente, puedes volver al contributivo. El cruce se hace automáticamente con la información del Sisbén y la PILA. La transición es gradual y no pierdes cobertura.
¿Qué derechos tengo como paciente en Colombia?
Tus derechos como paciente incluyen: atención oportuna según tiempos máximos, información clara sobre tu diagnóstico y tratamiento, segunda opinión médica, privacidad de tu historia clínica, decidir sobre tu tratamiento (consentimiento informado), atención de urgencias sin restricciones, recibir medicamentos del POS, y reclamar ante la Supersalud si te niegan servicios.
¿Qué es la Supersalud?
La Supersalud (Superintendencia Nacional de Salud) es la entidad del Estado que vigila, inspecciona y controla el sistema de salud colombiano. Su función principal es proteger los derechos de los usuarios, regular a las EPS e IPS, e intervenir a las entidades que no cumplen con sus obligaciones.
¿Qué hago si me niegan un servicio de salud?
Si te niegan un servicio: 1) Pide la negación por escrito con la justificación, 2) Llama a la línea de tu EPS para escalar el caso, 3) Si persiste, presenta un derecho de petición, 4) Si no hay respuesta en 15 días hábiles, interpone una tutela, 5) Denuncia ante la Supersalud por negación del servicio.
¿Cómo reportar una queja contra mi EPS?
Para reportar una queja: 1) En la propia EPS a través de su línea de atención o canales oficiales, 2) Ante la Supersalud a través del portal web o línea 018000-123-123, 3) Ante la Defensoría del Pueblo, 4) A través de la Personería municipal. La queja debe incluir tus datos, la EPS, el servicio negado y las pruebas.
¿Las EPS tienen que darme atención sin importar el día?
Sí. Las EPS deben garantizar atención las 24 horas del día, los 7 días de la semana para casos de urgencias. Para citas programadas y consultas externas, el horario depende de la red prestadora de cada EPS, pero debe haber cobertura los días hábiles y guardias en fines de semana para urgencias.